Mitos y realidades de los trasplantes
16 de Junio de 2008
La donación de órganos para fines de trasplante no es algo tan simple. Debido a vacíos legales aún presentes, en México basta la opinión de un tercero en contra de que se dispongan los órganos de un individuo al fallecer para dar al traste en los intentos de salvar la vida a otras personas.
La mayor parte de la población ignora que cada individuo dispuesto a ceder sus órganos representa una valiosa fuente de vida, puesto que es capaz de otorgar ocho órganos y tejidos que cotidianamente se están perdiendo al igual que las esperanzas de pacientes en ocasiones con varios años en lista de espera.
Otra causa por la que no se extiende la donación es la oportunidad con la que se podrían recuperar los órganos de donantes potenciales, quienes por alguna fatalidad surgen inesperadamente sin que institución alguna los canalice a los receptores en forma rápida y eficiente.
Tan solo en el estado de Puebla cada semana se están perdiendo entre ocho y diez posibles donantes, lo que significa que mensualmente se están dejando de aprovechar 256 órganos que le podrían salvar la vida a igual número de individuos, hombres, mujeres y niños, o mejorar sustancialmente su calidad de vida.
Para que tenga una idea de las dimensiones del problema, estimado lector, debería saber que la demanda actual en el sistema de salud poblano es del orden de 360 pacientes que, no lo dude por un solo instante, todos los días se levantan con la voluntad de recibir la noticia que han esperado por largo tiempo.
De acuerdo con datos del Consejo Estatal de Trasplantes (Coetra) tan sólo 70% de los candidatos a una operación de este género requiere un riñón (225 aspirantes) en tanto que el resto necesita otras entidades vitales como córneas (122) o hígado (cuatro).
Pero volvamos al principio, a la pregunta fundamental. ¿Si yo deseo donar mis órganos o tejidos al fallecer mis familiares podrían decidir lo contrario?
La respuesta es afirmativa. Y es que en incontables ocasiones nuestros parientes, incluso los más cercanos, ignoran que tomamos en algún momento la decisión en ese sentido. La donación entonces se complica aún más si no existe documento alguno que garantice el cumplimiento de tal propósito.
Para suplir esta inconveniencia el Consejo Estatal de Trasplantes acordó con el poder judicial impulsar la “donación expresa”, recurso por el cual el donador expresa su voluntad ante un notario mediante la elaboración de un acta certificada.
Y es que en la actualidad, cierto, existe una tarjeta promocional de donación de órganos y tejidos que permite señalar por escrito el deseo de ser donador y que fomenta la extensión de la cultura en este tema, pero al final de cuentas este no es un instrumento legal.
¿Qué puedo donar?
Si una persona muere por paro cardio-respiratorio, los tejidos disponibles para un posible receptor serán hueso, piel, córneas, tendones, cartílago y vasos sanguíneos. Si se trata de fallecimiento por muerte cerebral, entonces los órganos útiles son –además de las estructuras anteriores- corazón, pulmón, hígado, riñón y páncreas.
Una de las principales circunstancias para que se puedan aprovechar los órganos adecuadamente es la oportunidad con la que son recuperados. El tiempo de conservación óptima de estos es de 24 a 48 horas como máximo, siempre que no hayan sido expuestos a riesgos de infección.
¿Quiénes no pueden donar?
La Ley General de Salud establece en los artículos 326 y 332 que los menores de edad vivos no pueden ser donadores de órganos, excepto cuando se trate de trasplante de médula ósea, para cuyo caso es necesario el consentimiento de los padres o representantes legales.
Tampoco pueden hacerlo los incapaces mentales y otros individuos sujetos a interdicción, ni en vida ni después de su muerte. Las mujeres embarazadas están facultadas sólo si el receptor está en peligro de muerte, sin que esto implique riesgo para la madre o su hijo.
Quedan descartados también quienes son portadores del virus VIH/SIDA o aquellos que han padecido algún tipo de cáncer, a menos que se tratare de tumores primarios del cerebro o piel.
Para donar órganos en vida es condición que la persona sea mayor de edad así como estar en plenitud de sus facultades mentales; que la función del órgano que le sea extraído sea compensada por el propio cuerpo del donante de forma suficiente y que se compruebe su compatibilidad con el receptor.
Entre personas vivas sin parentesco por consanguinidad, civil o de afinidad, el consentimiento del donador tiene que ser expresado ante Notario Público y en esta modalidad es posible revocarlo en cualquier momento previo al trasplante. Además el Comité de Trasplantes de la Institución Hospitalaria donde se vaya a realizar la cirugía tendrá que emitir una resolución favorable.
La Ley General de Salud es puntual en cuanto al carácter altruista de la donación de órganos, por lo que cualquiera que otorgue o reciba un beneficio con fines lucrativos incurre en un delito.
Por otra parte, no existe la certeza de que en el país exista el tráfico ilegal de órganos ya que desde el momento de su obtención a partir de un donador, pasando por la conservación y después a la realización del trasplante, se requiere un manejo altamente especializado en el que participan complejos equipos de profesionales.
En Puebla la cultura de la donación de órganos comienza a dar pasos trascendentes con la formalización de convenios entre autoridades y organizaciones civiles, como el que recientemente se logró con el sistema de auxilio 066. Mediante este acuerdo los paramédicos del servicio de asistencia a la población identificarán a los donantes potenciales que surgirían de los percances que se registran en el territorio poblano.
Debido a los datos estadísticos disponibles, se sabe que cada semana había hasta una decena de donantes posibles que no se podía canalizar a los procedimientos de evaluación para fines de trasplantes, porque no existía la coordinación entre las instituciones involucradas.
Lo anterior se traducía en el desaprovechamiento -dicho de manera llana- de unos 256 órganos, cuando la demanda enlistada pasa de los 300 enfermos que mientras tanto reciben tratamientos paliativos.
Otro adelanto en la promoción para donar órganos y tejidos resultó el acuerdo en el que decidieron participar 1500 miembros del Club Rotario Industrial en su capítulo Puebla, Tlaxcala. Hidalgo y Morelos. En lo sucesivo, los empresarios quieren formalizar, mediante acta notarial, su condición de donadores.
Está en marcha el proyecto para que en esta capital pronto se conozca la realización del primer trasplante de corazón, una vez que el Consejo Estatal de Trasplantes (Coetra) informó que ya obtuvo la aprobación del protocolo respectivo y se afinan los detalles en cuanto al nosocomio en el que se practicará la operación.
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